lunes, 6 de octubre de 2008

Resultados IVAP

Tardaron pero salieron.

Siendo breve, en el examen de Administrativos he obtenido (sobre 20) un 12´19, quedando en el puesto 91, y en de Auxiliares Administrativos, también sobre 20, un 14´37, que me coloca en la posición 28. 

 Esto podría variar, ya que algunas de las preguntas están mal (alguna de ellas de forma clamorosa) y serán consecuentemente impugnadas (tengo la sana costumbre de impugnar todas las que no me convencen, que a veces da buenos resultados, ahí queda por ejemplo el examen de Diputación, que aprobé precisamente por las impugnaciones). 

 Al hilo de las impugnaciones, una cosa graciosa que me sucedió en uno de los múltiples exámenes a los que me presenté, concretamente del Ayuntamiento de Sopuerta, donde había una pregunta que rezaba tal que así: 

LOS ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS LLEVARÁN UN REGISTRO GENERAL: 
a) De los escritos o comunicaciones que se presenten o que se reciban en cualquier unidad administrativa propia. 
b) De la salida de escritos y comunicaciones oficiales dirigidos a otros orígenes o particulares. 
c) Solo cuando la documentación acumulada así lo requiera. 
d) Las opciones a y b son ciertas. 

 La respuesta correcta es la A (así lo pone en la ley), pero la que ellos dieron por válida fue la D, que estaría muy bien si no fuera por el detalle de que la ley dice "dirigidos a otros órganos", no "dirigidos a otros orígenes", que se parece pero no es lo mismo, amén de que dirigir algo a un origen... vamos, que se colaron al redactarla. En fin, que se podrían decir muchas cosas al respecto, tanto en un sentido como en otro, pero lo cierto es que la respuesta que me dieron fue de traca. "Razonaba" el tribunal que la respuesta D era correcta, y daban como argumento que de 60 personas que habían hecho el examen, 50 habían contestado ésa. 

Toma ya, eso es democracia y lo demás son tonterías. El comodín del público aplicado a oposiciones. Espero que mis impugnaciones a este examen sean más fructíferas, o que al menos la respuesta a las mismas sea igual de divertida.

17 comentarios:

twing@ dijo...

Hola,
A ver si tengo suerte como te pasó a tí y apruebo con alguna de las impugnaciones pq en subalterno me he quedado en 9.84 y en aux adtivo 9.54...sin comentarios
Nos veremos en las siguientes...
Agur,

Unknown dijo...

Hola Jokin! sales en Google con sólo poner auxiliar administrativo ivap, por lo que creo que tendrás numerosas visitas.
A lo que iba, cual vas a impugnar la 21 del modelo A? a que dirección hay que enviar el dichoso escrito? a la de la calle Donostia de Gazteiz?. Gracias

Jokin dijo...

Pues no sé con cual se correspondería del modelo A, proque yo tengo el B. Te copiopego el recurso (bueno, la parte de las impugnaciones) y bueno, admito que las impugnaciones primera y segunda no tienen demasiado fundamento, pero las otras tres sí deberían corregirlas (ya que lo hagan o no, es otra historia).

PRIMERA: A la pregunta Nº 4, con relación a los trienios. Se da como válida la respuesta C, “una cantidad igual para cada subgrupo o grupo de clasificación profesional por cada tres años de servicios”, cuando la ley de Función Pública nada dice de “subgrupos”, limitándose a hablar de grupos. En el mismo error concurren las respuestas A y D, y la B no puede ser, ya que habla de niveles de complemento de destino, que nada tienen que ver con los trienios. Por tanto, esta pregunta debe ser anulada.

SEGUNDA: A la pregunta Nº 33, cuyo enunciado es “La presencia de todos los miembros del órgano colegiado”, donde la respuesta que se da como válida es la C, “se requiere exclusivamente para deliberar o adoptar acuerdos sobre asuntos que no figuren en el orden del día”, lo cual es incierto, ya que aunque la ley 30/1992 sí dice que para acuerdos que no figuren en el orden del día deberán estar todos los miembros, no se dice que sea el único supuesto, por lo que la pregunta debería ser anulada, al no haber respuestas correctas.
TERCERA: A la pregunta Nº 36, donde se da como válida la respuesta válida la A, “los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo se presumirán válidos y producirán efectos desde la fecha en que se notifiquen, salvo que en ellos se disponga otra cosa”, cuando el artículo 57.1 de la Ley 30/1992 es meridiano al especificar que producen efectos desde que se dicten. Siendo por tanto palmariamente errónea la respuesta dada, así como las otras 3, dado que la B incurre en el mismo error, la C dice, de forma incorrecta que en ningún caso tendrán eficacia retroactiva, y la D habla de un plazo de 1 mes, cuando es obvio que son 10 días. Por tanto esta pregunta debe ser anulada.

CUARTA: A la pregunta Nº 41, “El plazo máximo para notificar una resolución expresa es con carácter general de” y dan como respuesta correcta la B, “6 meses”, cuando es obvio que la correcta es la A, “3 meses”, lo que se extrae no ya solo de la propia 30/1992, donde se dice que el plazo máximo será el que dicten las normas, que salvo ley o normativa europea no podrá superar los 6 meses, pero que a falta de disposición al respecto, es decir, con carácter general, será de 3 meses, sino del propio examen. Véase si no la pregunta número 25, donde se ha dado como respuesta válida “El plazo máximo para resolver será de 3 meses con carácter general”. Entiendo que el tribunal, en el uso de su discrecionalidad tiene la libertad de dar como respuesta válida la que estime, pero no es abusivo exigir un mínimo de coherencia, y en este caso ésta brilla por su ausencia. Por tanto, procede corregir la respuesta correcta y que en vez de la B sea la A.

QUINTA: A la pregunta Nº 51. Poco que decir acerca del enunciado de las respuestas, y me limito a decir que esta pregunta no tiene encaje dentro del temario objeto de estudio, al ser referida a la Reforma Constitucional, del título X, y en ningún caso debió ser preguntada, por lo que procede su anulación.

Unknown dijo...

Hola de nuevo y gracias por contestar.En la pregunta 4 según la ley 7/2007 es grupo o subgrupo por lo que estaría bien la respuesta dada, y eso que la cagué pero hay que reconocerlo. La verdad es que la 41 yo también la he reclamado en parecidos terminos y la 51 es fuera de temario, pero si entrara sería la de " .... prodeciéndose a disolver las cortes" pues me ha despertado curiosidad y me he sentido casi en la obligación de mirar.

La verdad es que yo también he hecho alguna oposición y lo de la respuesta correcta a veces lo veo subjetivo. incluso como te ocurrió a tí se llega incluso a coger la respuesta incorrecta, aún y con impugnación incluida.

Por cierto, la dirección a la que hay que enviar es la de "Hautaketa zerbitzua" de la calle Donostia? salu2!

Unknown dijo...

Perdón en la 51 es fuera de temario sin más pues de entrar a mi entender la respuesta sería correcta.Salu2!

twing@ dijo...

parkatu Jokin,
no estoy muy acostumbrada a esto de los blogs...pues lo dicho si sabes algo de los resultados de las reclamaciones ¿podrías comentar algo? eskerrik asko

Unknown dijo...

Han anulado finalmente la 21 del tipo A, cuando para mí era correcta la de 3 meses y por lo tanto no era cuestión de anularla sino de dar por buena la A. La 51 que está fuera de temario, la han sustituido por la 21. No sé como hacen lo de las reclamaciones, Vaya cachondeo.Un saludo!

Anónimo dijo...

A mí me ha pasado ídem. Pero sin más. Reflejo de lo bien que van las cosas....

mikel dijo...

Mas que un comentario lo mio es una consulta. Trabajo en la construcción, tengo un porrón de hijos y necesito mas tiempo por lo que pensé en presentarme a oposiciones para buscar un horario mas digno.
Oposité en Osakidetza, en algunos ayuntamientos, en la UPV y en el IVAP. Voy a hacer también la de la Diputación.
El caso es que en el IVAP he quedado 8 en subalterno, 100 en auxiliar y 120 en administrativo.
Con estas posiciones, ¿tengo posibilidad de currar?
Pero ¿de seguido?
Y sobre todo cuanto se gana, se que es en función de categoría y puesto, pero mas o menos alguien me lo podrá decir digo yo.
Es que tengo muchas bocas que alimentar y no se si voy a poder dar el salto a lo público ya.
Pdta: aparte de alimentarlos también me gustaría verles.
Saludos.
Mikel lekimm4@yahoo.es

Jokin dijo...

Mikel, si has quedado el 8º en subalternos, yo apostaría por que antes de navidades ya te han llamado, y no descartaría que de auxiliares, quedando el 100, tampoco tarden mucho en llamarte. De administrativos ya no te digo, porque esa lista se mueve muy poco.

Ahora bien, esas listas son una rifa, y puede que te toque ir tirando de contratos (que pueden ir desde un mes hasta 6 meses o duración indeterminada) o tener suerte y cazar una interinidad (que equivale en la práctica a un contrato indefinido).

También te puedo adelantar que donde más movimiento hay es en Lakua (Vitoria), y bueno, en cuanto al sueldo, un auxiliar viene a ganar unos 24.000 brutos anuales, y un subalterno supongo que andará por los 21.000.

Espero haberte sido de ayuda.

Anónimo dijo...

Te han quitado el punto del Access....

Nere dijo...

Kaixo Jokin, he puesto en google "aux.admtvo ivap" y he encontrado este blog. Me gustaría pedirte un gran favor... me voy a presentar por primera vez a la bolsa del ivap, no he hecho nunca un examen de este tipo y me gustaría, si no te importa, me echaras un cable con respecto a exámenes, temarios, qué libros comprar.. etc. Te dejo mi correo: ngisasola@hotmail.com. Muchas gracias! Nere

Liz dijo...

Hola Jokin,

Este es mi primer examen de oposiciones. Por ello te agradecería que me dijeras ¿dónde has encontrado las respuestas a las preguntas del examen de hoy del IVAP? y, ¿a quién te diriges para impugnar, con qué formulario, instancia...? Muchas gracias.

Unknown dijo...

¡Hola!

las respuestas de tenerlas las tendrás en el IVAP, si te fijas has escrito en la noticia referente a la convocatoria del año pasado, de ahí que las respuestas se refieran precisamente a la convocatoria del 2008. ójala lo hayas hecho bien. ¡Un saludo!

Liz dijo...

Jejeje es verdad es de 2008. Las preguntas eran muy parecidas las de este año. Desgraciadamente me he quedado a 9 con 54 .¡Cachis!! Me imagino que para impugnar las preguntas tendré que dirigirme al mismo Ivap... si no ya para el año que viene. ¡Qué lástima! Gracias de nuevo.

Unknown dijo...

¡Hola!

Si has quedado lejos de aprobar no te recomiendo impugnar pues "éstos" tienen mucho orgullo, y el año pasado pusieron en las de reserva una de la corona que no entraba, pero a pesar de ello no pasaron a la siguiente dándola por buena. De tal forma, que anularon una pregunta y cogieron la de la corona que era la primera de reserva, que como puedes entender no entraba en el temario.

Salu2! y más suerte con las del Gobierno vasco o con la O.P.E que hagas.

goizalde dijo...

Buenas tardes a todos. Me voy a presentar por primera vez a la bolsa de trabajo para licenciados en derecho del ivap. ¿Alguien me podría decir donde conseguir el temario o test para prepararme? Muchas gracias